Actualidad Constitucional: LA DELGADA LÍNEA DE LO SOCIAL

LA DELGADA LÍNEA DE LO SOCIAL


(Caso Roberto Nesta Brero, Expediente 0008-2003-AI, publicada el 12 de noviembre de 2003)

Hay una línea, delgada pero perceptible, que separa la economía social de mercado de la economía de mercado (a secas) y del socialismo. Parece un simple juego de palabras pero no lo es. La diferencia tiene consecuencias sociales, políticas y económicas.

Una cosa es la economía dirigida por el Estado que es propietario de todos los bienes y que se encarga de la distribución de los mismos (usualmente en beneficio de la burocracia dirigente, dicho sea de paso) y otra muy distinta la economía de mercado donde los actores privados dinamizan el sistema.

Si dejas al mercado asignar los bienes lo hará en función de la eficiencia. No es, ni pretende ser equitativo, premia con ganancia a los exitosos que encuentran un nicho con suficiente rentabilidad. El problema de este sistema, mucho más relacionado con la libertad que el socialismo, es que no toma en cuenta que no todos estaban en la misma condición de partida y que algunos están lisa y llanamente excluidos.

Entre ambos extremos el mercado sin control y el Estado sin freno se ubica la opción constitucional de economía social de mercado. Me parece bastante claro que entre lo social y las fuerzas del mercado hay una tensión que debe ser resuelta por los actores sociales.

Sin empresas no hay empleo ni riqueza para nadie. El Estado ha sido y es un empresario desastroso, ha llevado a la ruina dos aerolíneas (Aeroperú y Tans), una siderúrgica (Centromin Perú) y ha gestionado con pérdidas insostenibles la telefonía, el transporte y hasta la leche. Los pasivos de las empresas públicas los pagamos entre todos. Es como una distribución social del costo de la ineficiencia. Pobreza para todos, en resumen.

Igual de cierto es que cualquier medida de carácter social supondrá un costo y que si es adoptada con fondos públicos también será soportada por la comunidad. Pagar impuestos progresivos, relacionados con del ingreso, constituye según el Tribunal Constitucional un deber de solidaridad.

La idea que subyace es la de que vivimos en una comunidad donde no todos se encuentran en la misma condición y por ende algunos requieren asistencia y otros deben contribuir a brindarla. El Estado puede, válidamente, imponer ese deber aunque los destinatarios del aporte no estén de acuerdo.

La meta es no dejar a nadie atrás, como proponen los objetivos de desarrollo sostenible de las Naciones Unidas. Se trata de avanzar como comunidad donde, claro, habrá sujetos más y menos exitosos pero no existe ninguno ajeno o excluido.

La Constitución no cierra un modelo específico, solo fija unas pautas que me parecen muy correctas: economía de mercado (artículo 58), libertad de empresa (artículo 59) y respeto por la propiedad privada (artículo 70) pero también protección de los consumidores (artículo 65), límite al abuso de posiciones dominantes o monopólicas (artículo 61) y estado social (artículo 58).

En tal contexto el constituyente ha impuesto el deber del Estado de desarrollar áreas como la del empleo, la salud, la educación, la seguridad, los servicios públicos y la infraestructura (artículo 58). La crisis sanitaria presente abre un espacio para la discusión sobre la magnitud del estado social.

La cuestión no es si social o no social, sino cuanto de social porque ese es un imperativo impuesto por la Constitución aunque lo quieran minimizar los defensores del colectivismo socialista y los partidarios del neoliberalismo.

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