Actualidad Constitucional: ¿QUÉ DECIDIÓ FINALMENTE LA CORTE DE LA HAYA?

¿QUÉ DECIDIÓ FINALMENTE LA CORTE DE LA HAYA?

I.- ¿QUE SE DECIDIO?


1) Existe límite?

Perú, Chile y Ecuador negociaron diversos instrumentos entre 1952 y 1954. Perú alega que no existe frontera marítima convenida y pide que se trace una línea equidistante, por su parte Chile sostiene que dichos documentos contienen tratados de límites.

La Corte se pronunció primero sobre este aspecto sosteniendo que la Declaración de Santiago de 1952 no hace referencia expresa a la delimitación marítima y faltaría información para que pudiera ser considerado tratado de límites (coordenadas y material cartográfico) sin mencionar que no fija los límites laterales de cada estado parte.

El convenio de 1954 introduce una “zona neutra” luego llamada zona especial fronteriza marítima y anota la Corte que sigue en vigor. A entender de la Corte el Convenio del 54 consolida una delimitación implícita previa sin fijar claramente su extensión más allá de las 80 millas que ha sido reconocida por la práctica de los Estados.

La Corte entiende que el Protocolo del 55 no establece límites laterales, pero en 1968 Chile y Perú construyeron faros en el entendido de que existe delimitación previa más allá de las 12 millas (hasta las 80) y esa frontera lo es a todos los efectos (mar, subsuelo y recursos). La corte entiende que está reconocida entre las partes la delimitación hasta las 80 millas por la línea del paralelo pero no más allá de ese punto.


2) ¿Cómo se delimita a partir de las 80 millas?

La Corte fija una solución equitativa construyendo una línea equidistante en dirección sudoeste a partir de las 80 millas hasta la intersección con las 200 millas de la costa Chilena descendiendo verticalmente luego hasta el denominado “punto c“.


3) ¿Desde dónde se traza la línea de la delimitación marítima?

Ambas partes convienen que la frontera terrestre inicia en el punto de la costa que se denomina concordia y ese aspecto no es materia de pronunciamiento.

La corte determinó que existe un acuerdo sobre el punto de origen de la frontera marítima y entiende que este se encuentra fijado en la intersección del paralelo que pasa por el hito 1 con la línea de baja marea.

El trazo desde este punto se extiende por la línea del paralelo y va hasta las 80 millas a partir del cual se traza una línea equidistante hasta las 200 millas de la costa Chilena.


4) Triángulo externo
Atendiendo a que la distancia por la línea del paralelo va hasta la milla 80 y a partir de allí desciende en dirección sudoeste por la equidistante pierde objeto pronunciarse sobre este aspecto (lo que implica que esta área corresponde al dominio marítimo del Perú).

Esta conclusión implícita está graficada en el mapa presentado por la Corte ya que existe una continuidad entre ésta área y el resto del dominio marítimo peruano.


II.- VOTACIÓN FINAL Y RESULTADO

Se ganó parcialmente el trazo de la línea equidistante en dirección sudoeste ya que debe ser calculada desde las 80 millas hasta la intersección con el límite de las 200 millas y desde allí desciende verticalmente hasta el denominado “punto c“ (por 10 votos a 6).

Se ganó por completo en lo concerniente a la soberanía sobre el triángulo externo ya que la Corte sostuvo que no procede pronunciarse sobre dicha área atendiendo a que ello se encuentra implícito en lo decidido (por 15 votos a 1).

Mapa oficial exhibido por la Corte
Se perdió parcialmente en relación con el punto de origen del trazo: será el de la intersección del paralelo de latitud que pasa por el hito 1 (por 15 votos a 1) pero la Corte ha dejado claro que el territorio peruano no se afecta en absoluto ya que el trazo no comienza desde el hito 1 sino desde la línea de baja marea.

Se perdió parcialmente al reconocer la existencia de delimitación por la línea del Paralelo (por 15 votos a 1) hasta las 80 millas (por 10 votos a 6).


III.- ¿QUIEN GANO Y QUIEN PERDIO?

Ambas partes han logrado que la Corte recoja, aunque sea parcialmente, sus argumentos de modo que desde esta perspectiva no hay un ganador absoluto.

Si se toman en cuenta las áreas marítimas en litigio el Perú obtuvo el reconocimiento de casi un 70% de su pretensión al establecerse su soberanía sobre más de 50,000 kilómetros cuadrados en los que hasta hoy Chile venía ejerciendo soberanía.

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