Actualidad Constitucional: agosto 2009

¿Se puede expulsar a un alumno por fumar marihuana dentro de la Universidad?

(Expediente 00535-2009-AA, Caso Rodolfo Oroya Gallo, publicado el 3 de Agosto del 2009)

Un alumno del último ciclo de la carrera de administración fue descubierto fumando marihuana al interior del recinto universitario y como consecuencia de esa conducta fue sancionado con la expulsión.

Si bien el consumo de sustancias ilícitas no conlleva sanción penal esto supone adquirir el producto de quienes sí cometen delito al comercializar drogas sin mencionar que favorece la producción.

De acuerdo con el Art. 8 de la Constitución "El Estado combate y sanciona el tráfico ilícito de drogas" y si bien los adictos no son delincuentes tenemos claro que mientras haya quien consuma drogas habrá quien las produzca con su secuela de corrupción y sangre.

Todos estamos de acuerdo en que la conducta es muy grave pero resta decidir sobre la proporcionalidad de la sanción, a tal fin debe tomarse en cuenta el nivel de afectación de los derechos del demandante en relación con cuánto se favorecen el orden y la disciplina en la universidad y la salud y seguridad pública en el ámbito social.

El Tribunal Constitucional entendió que la sanción era desproporcionada, nos permitimos disentir pues el alumno ha demostrado un absoluto desprecio por el espíritu reflexivo de la universidad al consumir voluntariamente una sustancia cuyo efecto es el de disminuir la capacidad para realizar tareas que exigen concentración y coordinación, sin mencionar que indirectamente favorece al narcoterrorismo.